Transcripcion de un contrato entre dos hombres suscrito en el año 1031 (Por la Iglesia)
"Nosotros, Pedro Didaz y Munio Vandiles, pactamos y acordamos mutuamente acerca de la casa y la iglesia de Santa María de Ordines, que poseemos en conjunto y en la que compartimos labor; nos encargamos de las visitas, de proveer a su cuidado, de decorar y gobernar sus instalaciones, plantar y edificar. E igualmente compartimos el trabajo del jardín, y de alimentarnos, vestirnos y sostenernos a nosotros mismos. Y acordamos que ninguno de nosotros de nada a nadie sin el consentimiento del otro, en honor de nuestra amistad, y que dividiremos por partes iguales el trabajo de la casa y encomendaremos el trabajo por igual y sostendremos a nuestros trabajadores por igual y con dignidad. Y continuaremos siendo buenos amigos con fe y sinceridad, y con otras personas continuaremos siendo por igual amigos y enemigos todos los días y todas las noches, para siempre. Y si Pedro muere antes que Munio, dejará a Munio la propiedad y los documentos. Y si Munio muere antes que Pedro le dejará la casa y los documentos".
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